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DECÁLOGO LEY MINERA.

por Joel Cárdenas

Investigación Especial

Alberto González Káram

• Otorgaron concesiones de exploración y explotación minera por 117 millones 600 mil hectáreas que representan 60.12 por ciento del total de riqueza natural nacional

• Entregaron concesiones mineras por 50 años y prorroga hasta 100 años, favoreció a los interés particulares para especular en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV)

La iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, se encuentra sujeta a su análisis, discusión, reflexión y aprobación en la Cámara de Diputados, misma que contempla reducir la duración de las concesiones de 50 a 15 años y prorrogable por una sola ocasión hasta por un lapso igual al concedido.

México cuenta con una extensión territorial de 195 millones 623 mil 960 hectáreas y se otorgaron concesiones para exploración y explotación minera por 117 millones 600 mil hectáreas que representan el 60.12 por ciento del total de la riqueza natural nacional.

Las administraciones federales de Carlos Salinas de Gortari, Ernesto Zedillo Ponce de León, Vicente Fox Quezada, Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto, otorgaron 65 mil 534 concesiones mineras en el período comprendido de 1992 a noviembre del 2018, mientras que han sido cero concesiones del 1º. de diciembre del 2018 al 2023.

El otorgamiento de concesiones por 50 años y prorroga hasta 100 años, favoreció a los interés particulares para especular en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), bajo el falso supuesto de captar ingresos masivos de capitales en la explotación de recursos minerales y generar fuentes de empleo.

La intensa extracción de recursos minerales por particulares nacionales y extranjeros, provocaron el despojo de la riqueza minera nacional; desplazamiento forzado de pueblos y comunidades indígenas; contaminación del subsuelo, mantos acuíferos, ríos y manantiales; destrucción del paisaje y erosión de los suelos; intensos conflictos socioambientales que derivaron en numerosas atentados contra personas activistas ambientales y defensores de derechos asociados con su resistencia contra actividades mineras, y la ausencia de medidas de seguridad para los trabajadores mineros.

En la explotación minera se encuentran solamente 4 mil 524 concesiones que representan 6.9 por ciento del total de concesiones otorgadas, sin que se encuentren sujetas a ningún procedimiento ni mecanismos legales para realizar la reparación, restauración y remediación de impactos de saludmedioambientalessociales y económicos.

Las concesiones mineras se otorgaron en Áreas Naturales Protegidas (ANP) de los siguientes estados: Querétaro, Guanajuato, San Luis Potosí, Hidalgo, Coahuila y Baja California, así como en las concesiones marinas con costas en Baja California Sur, Chiapas y Oaxaca.

El 72.71 por ciento de las concesiones mineras se encuentran concentradas en las siguientes entidades que padecen fuerte escasez de aguaSonora, Durango, Chihuahua, Jalisco, Coahuila de Zaragoza y Sinaloa.

La actual administración pública federal se encuentra comprometida a impulsar el desarrollo sostenible para satisfacer las necesidades de la presente generación sin comprometer a las generaciones futuras, procurar el bienestar social, proteger los ecosistemas, abatir las desigualdades, impulsar el crecimiento económico, fomentar la convivencia pacífica, respetar la diversidad cultural y el entorno ambiental, siendo requerido regular las concesiones mineras y consumo de agua asociado, mediante el siguiente Decálogo de la Ley Minera:

1.    Eliminar esquema de terreno libre, primer solicitante y carácter preferente de actividad minera: Mediante concurso público que aseguren mayor beneficio social, protección ambiental y mejores condiciones económicas para Estado Mexicano

2.    Obligación de estudios de impacto social y consulta previa, libre e informada a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas: Determinación de afectaciones de actividades mineras en la vida cotidiana de población que habita en localidades y comunidades del área núcleo, área de influencia directa y área de influencia indirecta, así como expedir declaratorias de consulta pública por concesiones.

3.    Reducción de duración y prórroga de concesiones mineras: Disminución de 50 a 15 años el término de concesión, prorrogable por una sola ocasión hasta por un lapso igual, lo cual disminuirá la especulación de particulares nacionales y extranjeros con los recursos de la riqueza nacional.

4.    Condicionar concesiones mineras a disponibilidad hídrica o concesión de agua para minería que se obtenga previamente: Consiste en garantizar y priorizar el uso del agua para consumo humano.

5.    Transformar la figura de asignaciones en favor de entidades paraestatales: La transformación del actual figura de asignación en favor de entidades paraestatales para que la persona titular de la Secretaría de Economía pueda otorgar asignaciones a empresas del sector público paraestatal en la realización de actividades de exploración y explotación de minerales o substancias, mismas que serán otorgadas con vigencia de tiempo indefinida e impedidas de transmitir sus derechos y obligaciones a terceras personas privadas nacionales o extranjeras.

6.    Regular la transmisión de títulos de concesión minera: En ningún momento serán reconocidos actos de derecho privado para la transmisión de las concesiones mineras, ni servirán para garantizar obligaciones de la persona titular de la concesión y mucho menos inscribir este tipo de actos en el Registro Público de Minería.

7.    Adicionar causales de cancelación de concesiones mineras: Falta de informes sobre posibles daños o riesgos al equilibrio ecológico, carecer de permisos, concesiones o autorizaciones de otras autoridades, ni contar con los programas de cierre o gestión de residuos.

8.    Elaboración de Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental y Social en todas las concesiones mineras: Regular y evitar actividades mineras predatorias, lesivas y contrarias al derecho del agua, medio ambiente sano, salud de la población, derechos de pueblos y comunidades, afectaciones sociales, acciones de reparación, restauración, rehabilitación y remediación ambiental, actividades de exploración, explotación y beneficio de minerales o substancias, presentación de cartas de crédito para garantizar cumplimiento de obligaciones de mitigación restauración, control y manejo de residuos peligrosos, residuos mineros y residuos metalúrgicos.

9.    Suprimir la afirmativa ficta y concesiones exclusivamente por minerales o substancias:  Eliminación de tres afirmativas fictas vigentes y otorgamiento de concesión por concurso estarán sujetos a obligaciones sociales, ambientales, económicas y fiscales, mismas que serán únicamente por mineral o sustancia que permitirán mayor control y generación de recursos para beneficiarios y Estado Mexicano.

10. Incorporar sanciones por conductas delictivas de concesionarios mineros: Incluyendo la extracción ilegal de minerales o substancias, enajenación o tráfico de minerales y derivados metalúrgicos no concesionados, menoscabo de seguridad física de trabajadores por omisión y traslado ilegal fuera de territorio nacional de productos mineros o metalúrgicos, siendo sancionados con pena de 5 a 10 años de prisión y multa del 5.0 por ciento del total de ingresos anuales más 10 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), con independencia de las sanciones administrativas que sean procedentes.

El objeto de la iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Minera, permitirá la recuperación de la rectoría del Estado Mexicano sobre los recursos minerales e hídricos que se encuentran en el territorio nacional y son del dominio directo de la Nación, a fin de proteger los derechos humanos, medio ambiente sano, salud, agua, derechos de los pueblos originarios y preservación de recursos naturales que representan los recursos naturales de nuestra riqueza nacional.

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